1) Descripción del Servicio. El Servicio “YEGO CON VOZ”, (en adelante “el Servicio”) es un servicio que se presta mediante la transmisión de voz a través del protocolo de Internet, lo cual permite al Cliente originar y recibir llamadas. Para recibir el Servicio, el Cliente debe instalar el Adaptador Telefónico Analógico (“ATA”), que se incluye en el Kit “Yego con Voz” y conectar al mismo, un cable que, a su vez, esté conectado a un aparato telefónico de tono y que éste, igualmente, esté conectado a un punto de acceso a Internet. De igual forma, el Cliente debe conectar el cable que se origina en el ATA y que sirve para obtener alimentación de energía eléctrica, con un voltaje de ciento diez (110) kilo vatios.
2) Usuario y Clave de Acceso para administración del Servicio. El Kit de equipo que recibirá el Cliente al adquirir el Servicio, contiene la información relativa al número de teléfono asignado, el cual constituye a su vez la identificación de su usuario y una clave de acceso, a través de la cual el Cliente, podrá administrar su Servicio a través del siguiente sitio de Internet: www.yego.com.gt. El Cliente deberá cambiar, por razones de seguridad, la clave de acceso que le ha sido suministrada, desde el primer momento que ingrese al sitio de Internet antes referido. En dicho sitio, el Cliente podrá realizar las siguientes operaciones: (i) obtener un detalle de las llamada efectuadas a través del Servicio; (ii) Adquirir tiempo de comunicación para el uso del Servicio conforme a los distintos montos que en dicha página se ofrecen; y, (iii) Ingresar y validar montos de tiempo que haya adquirido a través de la modalidad de prepago.
3) Modalidades de Adquisición de tiempo del Servicio. El Cliente podrá comprar tiempo de comunicación del Servicio a través de cualquiera de las dos modalidades siguientes: (i) Prepago Manual: A través de esta modalidad, el Cliente adquiere, bien sea a través del sitio de Internet www.yego.com.gt, o en los puntos de venta respectivos, porciones de tiempo en las distintas cantidades que se ofrecen para la venta. En todo caso, si el saldo que tiene el Cliente en su cuenta es insuficiente para realizar llamadas, el mismo será suspendido de manera inmediata hasta que el Cliente realice una nueva alimentación de saldo a su cuenta mediante los mecanismos que para tal efecto Unitel informe oportunamente en su sitio de Internet antes referido o a través del Servicio al Cliente telefónico. (ii) Cobro Automático Recurrente: En virtud del cual, el Cliente designa una cuenta bancaria de depósitos monetarios o bien una tarjeta de crédito o débito con las que Unitel tiene afiliación, para que en ella se le efectúen débitos mensuales en las cantidades que previamente haya autorizado el Cliente, conforme al formulario respectivo. Esta modalidad de cobro se regirá de acuerdo con los siguientes términos y condiciones: I. El Servicio prestado bajo esta modalidad será computado en períodos mensuales a partir de la fecha en que la entidad bancaria o emisora de la de tarjeta de crédito, otorgue la autorización de débito programado a la cuenta bancaria o tarjeta de crédito indicada por El Cliente para dicho propósito. II. Cada período de Servicio será de un mes calendario III. El pago se hará por medio de débitos programados a la tarjeta de crédito, cuenta de depósitos monetarios que el Cliente haya autorizado como medio de pago y que Unitel tenga afiliación. El Cliente desde ya autoriza los pagos que se hagan al introducir sus números de tarjeta de crédito en la información requerida en la página de acceso a Internet, y acepta los cargos correspondientes de conformidad con el contrato que rige el uso de la misma. IV. Al momento de firmar el presente documento, el Cliente reconoce como buenas y exactas las cuentas que Unitel le presente con motivo de la prestación del Servicio. V. Si por razones ajenas a la operación de Unitel, el débito programado falla, el Servicio automáticamente se trasladará a la modalidad de prepago manual y el sistema intentará realizar el débito programado durante los siguientes cuatro días, en cuyo caso, de lograrse éste, la cuenta del Servicio será nuevamente restituida a la modalidad recurrente sin que esta sufra alteraciones en su próxima fecha de corte. VI. Cualquier impuesto, retención de cualquier especie, gastos y honorarios que se causen o pudieren causarse como resultado de la prestación del Servicio, serán pagados por el Cliente y en caso de omisión de su parte, el Cliente expresamente faculta a Unitel para que los pague en su nombre y los adicione a los saldos por pagar a Unitel.
4) Acceso. El Servicio estará disponible toda vez el Cliente se conecte y acceda al Internet. No obstante lo anterior, Unitel no asume responsabilidad por la calidad y disponibilidad del Servicio cuando el acceso a Internet sea prestado por persona distinta a Unitel. Igualmente, Unitel no asume responsabilidad por la interrupción del Servicio cuando la misma se debe a interrupciones de energía eléctrica o derivadas de caso fortuito o fuerza mayor. Por último, Unitel no asume responsabilidad cuando, en atención a los accesorios –sean éstos de software o hardware- que el Cliente tenga instalados en su servicio de Internet o bien en atención a configuraciones internas propias de su proveedor de Internet, la calidad del Servicio no sea la esperada por el Cliente. Por otro lado, si el Cliente traslada su equipo a otro país, lo hace bajo su sola responsabilidad en todo sentido, pero especialmente en aquello que se refiera a la licitud que de la telefonía de voz sobre protocolo de Internet exista en el país en donde se opera el equipo y las consecuencias derivadas de esto que se puedan verificar respecto del cliente.
5) Plazo y terminación del Servicio. El Servicio será suministrado por Unitel por el plazo que el Cliente requiera del mismo y en tanto cumpla con el pago respectivo. Unitel, a su sola discreción, sin responsabilidad de su parte ni necesidad de autorización judicial o administrativa, podrá suspender el Servicio en los siguientes casos: i) cuando el Cliente no cuente con un saldo suficiente para cubrir un período de servicio; ii) cuando por causas ajenas a Unitel, la operación de débito programado a tarjetas de crédito o cuentas de depósitos monetarios o de ahorro, autorizadas por el Cliente, resulte denegada; iii) cuando a criterio de Unitel se esté produciendo un comportamiento atípico en el volumen de llamadas generadas por el cliente que sugiera una interconexión no autorizada a la red de otro operador, conforme a lo dispuesto por la ley de telecomunicaciones, o bien fraude telefónico. El Cliente podrá cancelar el servicio en cualquier momento mediante comunicación escrita hecha en las oficinas de Unitel con recibo de recepción o por correo certificado con aviso de recepción, con por lo menos treinta (30) días de anticipación.
6) Impuestos. Ningún cargo incluye los impuestos que se causen con motivo de la prestación del servicios, por tanto dichos impuestos deberán ser cubiertos por el Cliente, excepto los impuestos que de acuerdo a la legislación aplicable sean a cargo de Unitel.
7) Aceptación del servicio. A partir de la fecha en la que el Servicio haya sido adquirido, el Cliente cuenta con cinco (5) días para reportar a Unitel cualquier defecto o falla en el ATA o en el Servicio. De lo contrario, se considerará que el Servicio fue aceptado a satisfacción del cliente. En el evento de que el Cliente reporte un mal funcionamiento del ATA o del Servicio dentro del plazo de cinco días, personal de Unitel atenderá el caso sin costo alguno para el Cliente a efecto de determinar el origen de la falla. En caso se determine que existen fallas en el ATA, dentro del plazo antes indicado, el mismo será reemplazado, toda vez cumpla con los requisitos de la garantía y siempre que la falla no se atribuible al Cliente.
8) Limitación de Responsabilidades. I) UNITEL no tendrá obligación ni responsabilidad alguna por los productos, información o servicios disponibles a través del servicio de telefonía y que son ofrecidos por personas o entidades ajenas a UNITEL. al adquirir el servicio de Yego con voz de UNITEL, el cliente asume toda responsabilidad y riesgo que derive del uso que le de al mismo. con relación a cualquier comercialización, información o suministro de servicios a través del servicio de telefonía, UNITEL y sus filiales no serán responsables de la idoneidad de los productos que se adquieran, ni de la comerciabilidad de éstos o de los servicios que se anuncian, ni de ningún daño o perjuicio derivado directa o indirectamente de cualquiera de dichas transacciones. II) Será exclusivamente responsabilidad del cliente, el evaluar la exactitud, utilidad y aprovechamiento de las opiniones, informes, servicios y cualquier otra información, así como la calidad y comerciabilidad de todos los productos y servicios que adquiera, utilizando para tal efecto, el servicio telefónico “Yego con voz” de UNITEL. III) bajo ninguna circunstancia UNITEL, sus filiales o contratistas serán responsables de los daños y perjuicios que se deriven del mal uso o inhabilidad del cliente para utilizar el servicio o por el resultado de errores, omisiones, interrupciones, defectos, demora en la operación o transmisión, o cualquier falla en el desempeño de la red global de Internet que sea esencial para la prestación del servicio. IV) UNITEL no será responsable por la interrupción del servicio como consecuencia de interrupciones de energía eléctrica, caso fortuito o fuerza mayor. V) UNITEL no será responsable de pérdidas resultantes del acceso no autorizado, incluyendo pérdidas de ganancias, o alteración, robo, destrucción, uso de equipo, software, datos o sistemas usados en conexión con los servicios de UNITEL. VI) el cliente será el único responsable de contar con las instalaciones eléctricas apropiadas, (fuente ininterrumpida de energía -UPS-, tomacorrientes polarizados, tierra física, etc.); y todas aquellas que sean necesarias para la prestación del servicio. VII) el cliente será el único responsable por el uso que se haga del servicio suministrado por UNITEL, en tal sentido todo uso fraudulento que se produzca del mismo, de conformidad con lo que establece el titulo vii de la ley general de telecomunicaciones, será responsabilidad exclusiva del cliente. VIII) La responsabilidad por defectos o vicios en la calidad de los productos por los daños y perjuicios que se causen, de conformidad con el articulo 1435 del código civil será de el equivalente al tiempo durante el cual el servicio ya pagado no estuvo habilitado.
9) Obligaciones del Cliente. El Cliente reconoce que el Servicio que se presta conforme a este Contrato no podrá ser comercializado por éste a terceros, a menos que cuente con los permisos y/o autorizaciones escritas de UNITEL. Además de cualquier prohibición contenida en este documento, al Cliente le está prohibido: I) Transmitir información ilegal o inmoral de cualquier tipo o que constituya delito o violación a las leyes aplicables. II) Usar fraudulentamente el Servicio en cualquier forma que contravenga las especificaciones incluidas en este documento.
10) Cesión de Derechos. El Cliente no podrá ceder los derechos ni transmitir las obligaciones adquiridas en virtud del presente documento, sin previo consentimiento por escrito de Unitel. Unitel podrá ceder en todo o en parte los derechos y transmitir las obligaciones que le corresponden de conformidad con el presente documento, sin previo aviso al Cliente. En el evento que Unitel ceda o transmita total o parcialmente los derechos y obligaciones adquiridas, a través del presente documento, a otra persona individual o jurídica, Unitel estará exento de cualquier responsabilidad tan pronto como dicha información sea publicada en la página de Internet de www.yego.com.gt. Respecto de tal cesión o transmisión, el Cliente no tendrá ningún recurso contra Unitel. La publicación antes referida incluirá el nombre del cesionario o de la persona que habrá de sustituirlo y la aceptación expresa de las responsabilidades que ellos asumen.
11) Jurisdicción aplicable. Para la interpretación y cumplimiento del presente documento, las partes se someten expresamente a las leyes aplicables de Guatemala. A excepción de lo relativo al cobro de cualquier suma derivada de la prestación del Servicio al Cliente, cualquier controversia derivada de la validez, interpretación, cumplimiento o incumplimiento de este contrato, los que con él se relacionen y de el se deriven, tanto durante su vigencia como a su terminación, incluyendo los daños y perjuicios que pudieran reclamarse entre las partes por cualquier causa, se deberá resolver mediante arbitraje de derecho, de conformidad con el reglamento de arbitraje de la Comisión de Resolución de Conflictos de la Cámara de Industria de Guatemala (“CRECIG”), que se encuentre vigente al momento de surgir el conflicto. El Arbitraje será administrado por la Comisión de Resolución de Conflictos de la Cámara de Industria de Guatemala en la ciudad de Guatemala, por medio de un tribunal compuesto de un árbitro nombrado de conformidad con el reglamento ya relacionado. El idioma del arbitraje será el español. Las partes renuncian dentro del Arbitraje a solicitar medidas cautelares en contra de la otra. Las partes convienen expresamente que no obstante lo establecido en el Reglamento de CRECIG, el laudo será impugnable por los medios de impugnación establecidos en la Ley de Arbitraje. Cualquier controversia derivada de los cobros por la prestación del Servicio al Cliente se tramitará ante los tribunales competentes del Departamento de Guatemala, siendo título ejecutivo suficiente el presente documento o bien el acta notarial que sobre los saldos deudores se elabore, renunciando ambas partes al fuero que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.
12) Aceptación. El Cliente manifiesta que en los términos y condiciones convenidas y estipuladas, acepta que Unitel le preste el Servicio estipulados en esta solicitud de servicio y acepta también conocer todas las disposiciones legales y reglamentaciones relacionadas. Ambas partes, en los términos indicados en este documento y en las calidades con que actuamos, aceptamos todas y cada una de las cláusulas de la presente solicitud de servicio, el cual hemos leído y lo ratificamos y aceptamos, firmándolo únicamente el Cliente en señal de entera conformidad. |